La inspección de transporte está emitiendo un nuevo modelo de requerimiento de documentación a las empresas, en el que solicita entre otra documentación copia de las facturas de transportes emitidas y recibidas y justificante de pago de las mismas. Dicha documentación permite comprobar si se están respetando los plazos de pago legalmente establecidos y en el supuesto que no fuera así iniciar un procedimiento sancionador.
Es habitual que las partes de un contrato de transporte de mercancías pacten unos plazos de pago que exceden de los límites legalmente previstos. Los plazos de pago para saldar las facturas por servicios de transporte están regulados en dos normativas:
- La ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías.
- La ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
¿Qué dicen estas leyes sobre los plazos de pago?
Si no existe plazo de pago previamente pactado, se entiende que el precio del transporte (o factura) es exigible transcurridos 30 días naturales desde la fecha de entrega de la mercancía o prestación de los servicios, incluso cuando haya una factura o solicitud de pago anterior.
Los proveedores de transporte tienen obligación de emitir las facturas 15 días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías
Si bien, en la práctica, es muy común que los profesionales y empresas del sector pacten unos plazos de pago superiores, o que se sigan procedimientos de comprobación y aceptación de facturas y mercancías.
¿Qué prevé la ley al respecto?
La ley contempla un plazo máximo de 60 días naturales a contar desde la fecha de entrega de las mercancías o prestación de los servicios. Sobrepasado este plazo, la administración podrá aplicar sanciones administrativas de hasta 30.000 euros, en virtud de lo dispuesto en la LOTT. El Ministerio de Transportes ha iniciado varios expedientes sancionadores por vulneración de los plazos de pago.
¿Existe algún plazo concreto para enviar las facturas?
Sí, los proveedores de transporte tienen obligación de emitir las facturas 15 días naturales a contar desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o de la prestación de los servicios.
¿A qué tengo derecho si un cliente no me paga la factura en estos 30 días?
La ley 3/2004 prevé una indemnización de 40 euros por factura más la aplicación de los intereses de morosidad en las operaciones comerciales.
Es muy importante que tanto las empresas de transporte, como las empresas que contratan un transporte para transportar mercancías, como aquellas que lo subcontratan, plasmen en sus documentos contractuales las obligaciones y plazos de cada parte, así como establezcan unos protocolos comerciales y administrativos de acuerdo con lo que dicen las normas comentadas.