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El Consorcio de Compensación de Seguros no cubrirá los siniestros producidos directamente por la nieve o por heladas consecuencia del temporal Filomena, pero sí indemnizará los daños derivados de la inundación por deshielo posterior o por fuertes vientos.

El organismo público dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital tiene atribuida la indemnización de los daños que ocasionen determinadas catástrofes naturales, siempre y cuando las personas y los bienes afectados se encuentren asegurados y bajo supuestos perfectamente tasados, según explica a Servimedia el director de Operaciones del Consorcio, Alejandro Izuzquiza.

Entre los eventos bajo su cobertura figuran, por ejemplo, las inundaciones, los embates de mar, las tempestades de viento que presenten rachas de velocidad superior a 120 kilómetros por hora, los tornados y los terremotos, pero no las nevadas.

Corresponderá, por tanto, a las compañías aseguradoras hacerse cargo de los costes asociados a siniestros que pueda ocasionar la nevada de forma directa o las heladas posteriores tales como caídas de árboles, aludes y desprendimientos en tejados o cornisas, accidentes en desplazamientos por zonas nevadas o heladas e, incluso, por pérdidas de ingresos o lucro cesante, siempre que el afectado los tenga asegurados.

En la web o por teléfono

Si el perjuicio está directamente provocado por inundación, por lluvias, deshielos y desbordamientos o por el embate de mar, los afectados podrán dirigirse al Consorcio a solicitar la indemnización en cualquier momento a través de su web y en el centro de atención telefónica (teléfono gratuito 900 222 665) o, a partir de las 9.00 horas del próximo lunes día 11.

Si los daños han sido producidos por un fuerte viento o vendaval, la reclamación debe efectuarse a través de las compañías aseguradoras, que tienen convenio con el Consorcio de Compensación de Seguros, según detalla su responsable de Operaciones. El Consorcio se hará cargo de la indemnización cuando se verifique si el viento ha alcanzado los umbrales fijados en la normativa para asumirlo mediante informes de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), pudiendo asumir entonces cualquier compensación adelantada por las compañías aseguradoras.

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